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Facturación

Factura electrónica obligatoria: qué cambia para una autoescuela (y qué no)

Desde el 6 de octubre de 2026 ya corre el reloj de la factura electrónica obligatoria. A una autoescuela le afecta menos de lo que parece, pero le afecta en dos sitios concretos.

Equipo de IAMESS · Revisado el · 3 min de lectura

En resumen

Solo afecta a las facturas entre empresas y profesionales: a tus alumnos particulares, no. Para casi todas las autoescuelas la fecha es el 6 de octubre de 2028 (para las que facturan más de 8 millones al año, el 6 de octubre de 2027). Te tocará sobre todo en dos sitios: los cursos que vendes a empresas y las facturas que te mandan tus proveedores.

Primero: no es lo mismo que VeriFactu

Se confunden a menudo porque Hacienda quiere que coincidan en el tiempo, pero son dos obligaciones distintas:

  • VeriFactu controla cómo se crea y se guarda cada factura que emites, a quien sea, también a tus alumnos.
  • La factura electrónica obligatoria controla cómo se entrega una factura a otra empresa: en un formato estructurado que lee una máquina, no un PDF por correo, y con aviso de cuándo se paga.

Las normas y las fechas

La anunció la Ley 18/2022, «Crea y Crece». La desarrolló el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026. Y el reloj se puso en marcha con la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria: se publicó en el BOE el 5 de octubre y entró en vigor el 6.

QuiénDesde cuándo
Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones6 de octubre de 2027
Todos los demás (casi todas las autoescuelas)6 de octubre de 2028

Qué facturas de una autoescuela entran y cuáles no

Factura¿Factura electrónica obligatoria?
Matrícula, clases y bonos de un alumno particularNo: no es entre empresas
CAP, ADR, carretilla o cualquier curso que paga una empresa para sus trabajadoresSí
Clases que paga una empresa, por ejemplo el permiso C de sus conductoresSí
Facturas a un ayuntamiento u otra administraciónYa eran electrónicas (FACe) y siguen igual
Las que recibes: gasolinera, taller, renting, seguro, gestoría, publicidadSí: tendrás que poder recibirlas en electrónico

Es decir, la autoescuela que solo vende el permiso B a particulares apenas notará la parte de emitir, pero sí la de recibir: sus proveedores le mandarán las facturas en el formato nuevo.

Qué tendrás que hacer en 2028

  • Emitir las facturas a empresas en formato estructurado, a través de una plataforma privada de facturación electrónica o de la solución pública de la Agencia Tributaria. Si usas una plataforma privada, se envía además una copia a la solución pública, en formato UBL según la norma europea EN 16931.
  • Recibir igual las de tus proveedores. El PDF por correo deja de servir como factura entre empresas.
  • Informar del pago: quien recibe la factura comunica si la rechaza y la fecha en que la paga entera. Es la forma que ha elegido Hacienda para ver quién paga tarde.

Por qué te interesa aunque casi todos tus clientes sean alumnos

Los cursos para empresas son de lo poco del sector que no depende de las listas de examen de la DGT. Una empresa que paga el CAP o la carretilla de su plantilla va a exigir desde 2028 la factura en el formato nuevo, y la que no pueda dársela pierde el encargo. Además, la ley nace para cortar la morosidad: con el estado de pago a la vista, cobrar a 60 días deja de ser una promesa.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que hacer factura electrónica a mis alumnos?

No. La obligación es para las facturas entre empresarios y profesionales establecidos en España. A un alumno particular le sigues haciendo su factura de siempre, con VeriFactu cuando llegue su fecha.

¿Cuándo es obligatoria para una autoescuela?

El 6 de octubre de 2028, salvo que su volumen de operaciones supere los 8 millones de euros al año: entonces, el 6 de octubre de 2027.

¿Un PDF por correo es factura electrónica?

No a efectos de esta obligación: hace falta un formato estructurado que se intercambie por una plataforma de facturación electrónica o por la solución pública de la Agencia Tributaria.

¿Tiene algo que ver con VeriFactu?

Son obligaciones distintas. VeriFactu controla cómo se generan y se guardan todas tus facturas; la factura electrónica, cómo se entregan las que van a otras empresas. Hacienda ha anunciado que quiere que las dos lleguen en octubre de 2028.

Fuentes

  1. Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo (BOE)
  2. Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre (BOE)
  3. Agencia Tributaria: facturación electrónica obligatoria (31/03/2026)
  4. Agencia Tributaria: Solución Pública de Facturación Electrónica (07/10/2026)

Artículo informativo: no sustituye el consejo de tu asesoría. Lo revisamos cuando cambia la norma, y la fecha de arriba es la de la última revisión.

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