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Facturación

IVA en la autoescuela: por qué las clases del B llevan 21 % y las tasas de la DGT no

Es una de las dudas más repetidas del sector y uno de los errores más caros: facturar todo como exento. Esto es lo que dicen el Tribunal de Justicia de la UE y Hacienda.

Equipo de IAMESS · Revisado el · 3 min de lectura

En resumen

Lo que paga un alumno por el permiso B (matrícula, clases, bonos) lleva 21 % de IVA: no es enseñanza exenta. La formación de los permisos profesionales (C, C+E, D1, D1+E, D y D+E) y los cursos de recuperación de puntos sí van exentos. Las tasas de la DGT que adelantas por el alumno van como suplido, fuera de la base del IVA.

Lo que dicen el Tribunal de Justicia de la UE y Hacienda

La Ley del IVA deja exenta la enseñanza escolar, universitaria y la formación profesional (artículo 20.Uno.9.º). Durante años hubo dudas sobre si las clases de conducir entraban ahí. Las resolvió el Tribunal de Justicia de la UE en el asunto C-449/17, el 14 de marzo de 2019: la formación para el permiso B (y para el C1) no es enseñanza escolar ni universitaria, así que no está exenta.

La Dirección General de Tributos lo ha aplicado en sus consultas vinculantes. En la V2530-22, de 9 de diciembre de 2022, separa con claridad lo que está exento de lo que no, y en la V0240-25, de 5 de marzo de 2025, insiste en el criterio: lo decisivo es que la formación sea de verdad formación o reciclaje profesional.

La tabla para tu autoescuela

ConceptoIVA
Matrícula, clases y bonos del permiso B (y B+E)21 %
Permisos de moto: AM, A1, A2 y A21 %
Permisos C1 y C1+E21 %
Permisos C, C+E, D1, D1+E, D y D+EExento
Cursos de recuperación de puntosExento
Tasas de la DGT pagadas por cuenta del alumnoSuplido: no lleva IVA ni suma en la base
Ceder alumnos o clases a otra autoescuela21 % (no es enseñanza directa)

Para el CAP, el ADR y otros cursos para profesionales, la clave es la misma: si son formación o reciclaje profesional. Confírmalo con tu asesoría según cómo los impartas.

Cómo se ve en una factura

Si vendes la clase práctica del B a 30 euros con IVA incluido, la factura dice: base imponible 24,79 euros e IVA al 21 %, 5,21 euros. Lo que cobras no cambia; lo que cambia es lo que declaras.

Las tasas de la DGT van en una línea aparte, como suplido: son dinero que pagas en nombre del alumno y con su encargo, y que justificas con el documento de pago. Por eso no forman parte de la base del IVA (artículo 78.Tres.3.º de la Ley del IVA). Si las metes en la base, estás pagando IVA de un dinero que no es tuyo.

Los tres errores que más vemos

  1. Facturar el permiso B como exento. Es el más caro: si Hacienda lo revisa, reclama el IVA no repercutido de cuatro años, con intereses.
  2. Meter las tasas de la DGT en la base con IVA. Pagas de más y descuadras tus libros.
  3. Mezclar en un mismo concepto cosas con IVA distinto, por ejemplo un pack de permiso B con un curso exento. Cada parte, en su línea y con su tipo.

Con VeriFactu cada factura queda registrada al emitirla, así que estos errores ya no se arreglan después en silencio: mejor tenerlo bien desde el principio.

Preguntas frecuentes

¿Las clases de autoescuela llevan IVA?

Las del permiso B, sí: el 21 %. El Tribunal de Justicia de la UE (asunto C-449/17) dijo que no son enseñanza escolar ni universitaria, y Hacienda lo aplica en sus consultas vinculantes. Las de los permisos profesionales C, C+E, D1, D1+E, D y D+E y los cursos de recuperación de puntos sí van exentos.

¿Las tasas de la DGT llevan IVA?

No. Las pagas en nombre del alumno y con su encargo, así que van en la factura como suplido, en una línea aparte, sin IVA y fuera de la base imponible.

¿Y el permiso de moto?

AM, A1, A2 y A tributan al 21 %, igual que el B, según el criterio de la Dirección General de Tributos.

¿El CAP va exento?

Depende de que sea formación o reciclaje profesional, que es el criterio que repite Hacienda. Confírmalo con tu asesoría según cómo lo impartas.

Fuentes

  1. Tribunal de Justicia de la UE, asunto C-449/17 (14/03/2019)
  2. Dirección General de Tributos: buscador de consultas vinculantes (V2530-22 y V0240-25)
  3. Ley 37/1992 del IVA, artículos 20 y 78 (BOE)

Artículo informativo: no sustituye el consejo de tu asesoría. Lo revisamos cuando cambia la norma, y la fecha de arriba es la de la última revisión.

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